Vicencio Eyzaguirre, Felipe editor
2021, 325 páginas
9789561709256
PUCV
Tras la Independencia, el país comenzó a transitar por su propia
senda; lo que fue evidente en materia política, con la temprana
promulgación de constituciones y fundación o transformación de diversas
instituciones, entre las que se encontraron las educacionales.
El Instituto Nacional -fundado 1813-, aglutinó en su seno a una serie
de establecimientos preexistentes, así como importantes funciones en la
enseñanza, entre las cuales estuvo la universitaria. La Universidad de
San Felipe, fundada en la época indiana, quedó como una corporación no
docente destinada al otorgamiento de los grados académicos. En forma
paralela a la educación pública, se reconoció también la capacidad de
enseñar a establecimientos privados, que no obstante debían ceñirse a
los programas del Instituto, y examinar a sus alumnos frente él. Fue en
ese contexto, donde a finales de la década de 1820 se dieron pasos más
decididos para superar la enseñanza jurídica propia del antiguo régimen,
encausándola por los nuevos derroteros que la República exigía.
En dos establecimientos privados -de vida efímera-, el Liceo de Chile y el Colegio de Santiago,
dos extranjeros, José Joaquín de Mora, español, y Andrés Bello,
venezolano, llevaron a cabo una renovación en los contenidos de los
cursos de leyes, que influiría posteriormente, en particular de la mano
de Bello, en el currículum del mismo Instituto Nacional, merced
a su reforma de 1832. Fue él quien estableció como una novedad un curso
general introductorio al Derecho, basado fundamentalmente en las ideas
utilitaristas del jurista inglés Jeremías Bentham. En Derecho Civil y
Penal trabajó con sus Traités de legislation civile et penale, mientras que para el Derecho Público, lo hizo además con Benjamín Constant. Este Curso de Legislación Universal
tuvo éxito en su implantación en la enseñanza jurídica, y se mantuvo
hasta mediados de la década de 1850, y en materia penal siguió
enseñándosele hasta la promulgación del Código Penal en 1874.
El manuscrito que se edita por primera vez, basado directamente en el
magisterio de Andrés Bello, data de 1833 y fue de Ramón Briseño. Su
contenido refleja el pensamiento jurídico del Codificador y resulta de
gran interés para elucidar la evolución de sus ideas y conceptos en
estas esferas del conocimiento, que con el tiempo ampliaría en otras
obras, o consolidaría, como en el caso del derecho privado, en el Código Civil.
Hasta donde se tiene conocimiento, es la última obra jurídica de Bello
-inédita-, que ahora ve la luz desde que él la enseñara en sus clases
particulares, en el seno de su hogar y en el ámbito de su propia
biblioteca, en 1830.