Compliance Laboral en el acoso y violencia en el trabajo. Convenio N° 190 Ley N°21.64

$26.000
Compliance Laboral  en el acoso y violencia en el trabajo. Convenio  N° 190 Ley N°21.64

Compliance Laboral en el acoso y violencia en el trabajo. Convenio N° 190 Ley N°21.64

$26.000


Lizama Portal, Luis;  Lizama Castro, Diego
Abril 2024, 220 páginas
9789564051819
DER

El Convenio N°190 de la OIT fue adoptado por una amplia mayoría tripartita en la Conferencia Internacional realizada en 2019. En el año del centenario de su fundación, la Organización Internacional del Trabajo adoptó un convenio que reconoce el derecho de todas las personas a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso.
El Convenio N°190 prevé que los Estados que lo ratifiquen deben garantizar la prevención de la violencia y el acoso en el trabajo y la protección contra tales conductas en su respectivo ordenamiento jurídico nacional.
Nuestro país ratificó este convenio en el mes de junio de 2023. Para satisfacer la exigencia internacional fue necesario aprobar la Ley N°21.643, también conocida como Ley Karin, en homenaje a la enfermera Karin Salgado, quien se quitó la vida a consecuencia del acoso laboral que sufrió en su lugar de trabajo.
La Ley Karin modificó la legislación laboral y administrativa para adecuarla a los estándares internacionales, poniendo énfasis en la prevención del acoso y la violencia en el trabajo, obligando a las empresas y servicios públicos a desarrollar un modelo de compliance laboral: protocolo, canal de denuncias anónimas (whistleblowing), y reglamento interno.
El enfoque de la Ley Karin no solo es preventivo y proactivo, sino que también inclusivo, porque propone garantizar la dignidad de las personas y avanzar hacia la igualdad de trato con una perspectiva de género.

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